¿Qué pasa si te lastimas yendo o viniendo del trabajo? En California, no se usa mucho el término legal en latín “accidente in itinere” (que significa “en el camino”). En su lugar, se habla de la regla de ir y venir (“going and coming rule” en inglés).
Esta regla dice que, para que una lesión esté cubierta, debe pasar mientras estás trabajando o por algo relacionado con el trabajo.
Esto está explicado en el Código Laboral de California, sección § 3600. Por eso, si te lastimas en el camino normal de tu casa al trabajo, normalmente no hay cobertura, a menos que haya una excepción especial.
¿Qué es un accidente “in itinere” y cómo se llama en California?
En países como España o Italia, se usa el término “in itinere”, que viene del latín y significa “en el camino”. Se refiere a los accidentes que pasan mientras vas o vienes directamente del trabajo a tu casa. En esos países, ese tipo de accidente puede contarse como parte del trabajo.
En California y en Estados Unidos, se usa otro nombre: la regla de ir y venir (going and coming rule).
Esta regla dice que, si te lastimas mientras haces tu camino normal al trabajo, no estás cubierto, porque aún no estabas trabajando.
Pero hay excepciones importantes: A veces, el camino sí se puede considerar parte del trabajo, dependiendo de la situación o si tu jefe te pidió algo especial.
Las excepciones principales (cuándo el trayecto sí podría cubrirse)
En general, si te lastimas mientras vas o vienes del trabajo, la compensación laboral (conocida en inglés como workers’ comp) no cubre ese accidente. Esto se debe a una regla llamada “going and coming rule”.
Pero como mencionamos antes, hay excepciones. En algunos casos especiales, el camino sí puede contarse como parte del trabajo, y puedes tener derecho a recibir ayuda médica o económica por tu lesión.
A continuación, te explicamos cuáles son esas situaciones especiales donde el trayecto podría estar cubierto por el sistema de compensación laboral en un accidente in itinere en California.
¿Qué pasa si te lastimas en el trabajo?

Cuando entras al lugar donde trabajas, ya sea el edificio o el estacionamiento, ya estás “en el curso del empleo”. Si te lastimas ahí o mientras caminas de un área del trabajo a otra, normalmente puedes recibir ayuda legal o médica, incluso si cruzas por una calle.
Ejemplo: Una empleada se lastima al salir del estacionamiento de la empresa camino a su oficina. Aunque cruzó un pedacito de calle pública, como era parte del camino directo entre partes del trabajo, puede tener cobertura.
Dicho esto, debe tratarse de premisas del empleador (propias, mantenidas u ofrecidas por la empresa, organización o negocio). Y que la cobertura al cruzar la calle aplica cuando vas por la ruta directa entre dos porciones de las premisas (por ej., del parking del empleador hacia el edificio).
Misión especial o encargo del jefe
A veces, tu jefe puede pedirte que hagas algo fuera de lo normal, como ir al trabajo en un horario distinto o hacer un mandado especial.
Cuando eso pasa, el camino que recorres también puede contarse como parte del trabajo. Esto es distinto a tus tareas normales de todos los días. Por lo general, esta regla solo se aplica cuando se trata de una misión especial o diferente, no a cosas que haces siempre como parte de tu rutina. En estos casos, llegar temprano por cuenta propia no convierte el viaje en misión especial; es distinto del supuesto de “esperar para entrar”.
Si tu jefe te pide usar tu auto
Si tu jefe te exige usar tu propio carro para trabajar, por ejemplo, para ir a diferentes lugares durante el día, podrías estar cubierto si tienes un accidente mientras vas o vuelves del trabajo. Sí puede haber cobertura cuando el trabajo te obliga a llevar tu auto como parte del empleo.
En resumen: Si el uso del auto es parte de tu trabajo, el camino también puede contarse como trabajo.
Viaje pagado/viáticos o tiempo de traslado compensado
Si el contrato paga tiempo de viaje y/o gastos por desplazarte a un sitio, ese trayecto puede volverse parte de la jornada y quedar cubierto. Casos de referencia: Kobe (pago de tiempo de viaje) y Zenith (asignación sustancial de viaje).
Viaje de negocios
Cuando viajas por trabajo y te quedas a dormir fuera de casa, normalmente estás cubierto todo el tiempo por el seguro de compensación laboral (workers’ comp).
Esto incluye cosas como comer, dormir e ir de un lugar a otro durante el viaje. Pero si haces algo solo por tu cuenta, que no tiene nada que ver con el trabajo (como salir de paseo por diversión), esa parte no está cubierta.
Entre sitios de trabajo / trabajo itinerante
El traslado de un sitio de trabajo a otro sí es curso del empleo (distinto del trayecto casa–trabajo). Caso emblemático con empleados que debían moverse entre campos durante el día.
Esperando para entrar
Si ya terminaste el commute y estás esperando que abran para comenzar (porque no te permiten ingresar aún), la lesión puede ser laboral. A veces se pueden solicitar los beneficios de la compensación laboral incluso si el incidente ocurre justo fuera de la puerta.
Teletrabajo y trabajo en casa
Solo por el hecho de llevarte trabajo a casa no significa que tu casa sea un segundo lugar de trabajo oficial.
Para que el camino entre tu casa y la oficina esté cubierto por workers’ comp, tu jefe debe haberte pedido o autorizado que trabajes desde casa. También podría cubrirse si hay otros hechos que muestran que trabajar desde casa es parte normal de tu trabajo.
Trabajar desde casa solo cuenta si es parte de tu empleo, no solo porque tú lo decidiste. No basta la costumbre ni una autorización ocasional. Debe poder considerarse el hogar como “segunda sede” por acuerdo expreso o implícito integrado al puesto; si no, rige la regla del trayecto.
Carpool/viajes organizados por compañeros (novedad 2025)
La Corte de Apelaciones aclaró en 2025 que un grave accidente volviendo en vanpool organizado por otro empleado no quedó cubierto: no aplicaban las excepciones de “riesgo especial” ni “doble propósito”; el viaje seguía siendo commute. Es una guía reciente para no sobredimensionar las excepciones.
¿Qué no suele cubrirse?
- El trayecto normal y local entre tu casa y un lugar fijo de trabajo en horario fijo, sin encargo especial ni otras circunstancias.
- Desvíos personales (Por ejemplo, diligencias, viajes para hacer trámites y compras no relacionadas con el trabajo).
- Vanpools/carpools organizados por compañeros sin control del empleador (según el criterio de 2025).
Cómo saber si tu accidente podría ser “laboral” (lista rápida)

- ¿Dónde ocurrió? ¿Dentro del estacionamiento o acceso del empleador, o en la ruta directa entre instalaciones del empleador?
- ¿Qué pidió/pagó el empleador? ¿Hubo encargo especial, exigencia de llevar vehículo, pago de tiempo/viáticos o viaje de negocios?
- ¿Estabas entre dos sitios de trabajo o esperando entrar a laborar?
- ¿Teletrabajo exigido/autorizado que convierta el hogar en sede?
¿Puedes recibir compensación si tuviste un accidente mientras ibas al trabajo?
Por lo general, no. Si te lastimas en tu camino normal de casa al trabajo (como manejando, caminando o en autobús), normalmente no puedes recibir compensación, porque todavía no habías empezado tu jornada laboral.
Podrías estar cubierto si:
- Tu jefe te pidió hacer un encargo especial.
- Te pagan por el viaje o el tiempo de traslado.
- Te piden usar tu propio auto para trabajar.
- Estás viajando por trabajo (como a otra ciudad).
En esos casos, el accidente sí podría contarse como parte del trabajo y podrías recibir ayuda médica o dinero por la lesión. Si sufriste un accidente, te alentamos a consultar a un abogado de compensación laboral. Este profesional puede evaluar tu caso de manera preliminar, analizar tus opciones y estimar el tipo de compensación a la que podrías tener derecho según tu situación, pérdidas y circunstancias.
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Preguntas frecuentes
A continuación, te brindamos algunas respuestas a las preguntas relacionadas con sufrir un accidente in itinere en California.
Si solo ibas o venías del trabajo en tu ruta normal, por lo general no estás cubierto, aunque hayas usado Uber o Lyft. Lo importante no es el tipo de transporte, sino si estabas haciendo algo especial por pedido de tu jefe o si había alguna excepción, como:
– Tu jefe te pidió hacer un encargo especial
– Te pagaron por el viaje
– Te exigieron usar un vehículo para tu trabajo
Si tu jefe te paga por el viaje o por el tiempo que usas para llegar, a veces eso puede hacer que el viaje se cuente como parte del trabajo. Pero no siempre. Depende de cómo esté acordado y qué pruebas haya.
No automáticamente. Tu jefe tiene que autorizar que trabajes desde casa o pedirlo de forma clara. También puede servir si hay pruebas que muestren que tu casa es parte de tu trabajo.
Es muy importante tener pruebas. Guarda cosas como:
– La ruta que hiciste y el lugar exacto donde fue el accidente
– Correos y comunicaciones donde tu jefe o empleador te dio instrucciones
– Políticas que digan que debes usar tu auto
– Recibos de viáticos o pagos por tiempo de traslado
– Fotos del lugar del accidente (como el estacionamiento o entrada)
Estos detalles pueden ayudar a saber si tu accidente está cubierto o no por el seguro de trabajo.